El recurso busca proteger a la ciudadanía ante “una amenaza inminente a la libertad ambulatoria”
Alerta por facultades de detención de la SIDE: presentan hábeas corpus contra DNU de Milei
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El presidente Javier Milei dictó un decreto que habilita a los espías a aprehender personas no solo en casos de flagrancia o por pedido de un juez, sino también “en el marco de actividades de inteligencia”.
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El escenario institucional argentino enfrenta una nueva controversia legal tras la publicación del DNU 941/2026. La medida, dictada por el presidente Javier Milei, modifica la Ley de Inteligencia Nacional (25.520) y otorga a los agentes de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) la capacidad de aprehender personas bajo el difuso concepto de actividades de inteligencia, eliminando la exclusividad de las fuerzas de seguridad y el control judicial previo.
En Formosa, los abogados Williams Dardo Caraballo y Armando Aquino Brito (referente en Derecho Constitucional) lideraron una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo. El recurso busca proteger a la ciudadanía ante lo que consideran una amenaza inminente a la libertad ambulatoria.
Caraballo advirtió que con la publicación del DNU 941, se evidencia “lo turbio del manejo del Gobierno de Milei, ya que le da facultades a la Secretaría de Inteligencia (SIDE) para que personal civil (espías) que no pertenece a ninguna fuerza de seguridad tenga la capacidad de hacer la voz de inteligencia respecto a ciudadanos, sobre su forma de pensar, su religión, su opción sexual y sus convicciones ideológicas”.
Cuestionó fuertemente que a partir de este instrumento pueden “hacer patrullaje cibernético en las redes y lo más grave es que los faculta a aprehender personas, o sea, a arrestarlas porque pueden endilgarles cualquier sospecha; no hay intervención judicial, ni siquiera de un fiscal”.
El abogado indicó sobre los recursos de amparo, que uno es el caso del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que pidió que se declare su inconstitucionalidad. Además, más de 20 organizaciones como Amnistía Internacional Argentina, Poder Ciudadano y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, entre otras, firmaron un comunicado en el que advierten que “por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detener”.
Caraballo sumó que “nosotros presentamos un hábeas corpus preventivo y colectivo, juntamente con el doctor Armando Aquino Brito, que es un prestigioso profesor de Derecho Constitucional, un académico que tiene escritos más de 30 libros”.
Estado de la causa
El planteo recayó en el Juzgado Federal 2, a cargo de la doctora Belén López Macé. Si bien la magistrada no habilitó la feria de enero, se espera que con el inicio de la actividad judicial ordinaria en febrero se dé curso a la acción.
Caraballo advierte que el decreto es una contradicción directa al discurso libertario del Gobierno, ya que restringe libertades fundamentales (pensamiento, expresión y tránsito) al facultar a civiles para realizar arrestos sin orden de un juez ni intervención de un fiscal.
Desde la vuelta de la democracia en 1983, el consenso político y legal en Argentina había mantenido una separación tajante entre la inteligencia y la seguridad interior. Los agentes de inteligencia tenían prohibido cumplir funciones policiales o de detención.
El decreto permite aprehender no solo en flagrancia, sino en el marco de investigaciones preventivas de inteligencia. Además, la medida habilita el monitoreo en redes sociales y la vigilancia sobre convicciones ideológicas, religiosas o sexuales, áreas estrictamente protegidas por la ley anterior para evitar el espionaje político.
El impacto en la división de poderes
El uso del DNU para modificar una ley que regula el control estatal sobre los ciudadanos vuelve a poner en el centro del debate el alcance de las facultades del Ejecutivo. Con la SIDE bajo la influencia directa de la Casa Rosada y con fondos reservados recientemente ampliados, la capacidad de detención sin control judicial es vista por la oposición como una herramienta de control social más que de seguridad nacional.
Con el fin de la feria judicial, el mes de febrero será determinante. La Corte Suprema o los juzgados federales deberán decidir si suspenden la aplicación del DNU mientras se resuelve la cuestión de fondo, en lo que promete ser la batalla legal más sensible del verano.