Caso Yoli Corbalán: El STJ dispuso que la Cámara Segunda realice el juicio oral
La justicia provincial busca determinar las responsabilidades que tuvieron en la muerte de la odontóloga Noemí Yolanda Corbalán ocurrido en el año 2013, la cirujana plástica Georgia Martínez y el anestesista Román Civilotti, ambos procesados por el delito de homicidio culposo.
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El Superior Tribunal de Justicia de la provincia dispuso que la Cámara Segunda en lo Criminal lleve adelante el juicio oral y público para determinar las responsabilidades que tuvieron en la muerte de la odontóloga Noemí Yolanda Corbalán, la cirujana plástica Georgia Martínez y el anestesista Román Civilotti, ambos procesados por el delito de homicidio culposo.
En una resolución dictada el 7 de este mes, el STJ reprochó el desenvolvimiento que tuvieron los jueces de las dos Cámaras Penales de Formosa al declararse incompetentes de entender en el caso y dilatar así la realización de este juicio oral y público.
El conflicto de competencia llegó a la máxima instancia judicial a través de un planteo realizado por la defensora Oficial de Cámara Claudia Angeloni, solicitándose al STJ que dirima la controversia.
La Corte Provincial analizó la cuestión y dispuso que la Cámara Segunda en lo Criminal reasuma la jurisdicción en el expediente y realice el juicio oral y público, interviniendo en todas las cuestiones que se susciten en su desarrollo y dictado de la sentencia de mérito.
Precisamente este Tribunal se había declarado incompetente para seguir adelante con el trámite del expediente, mientras que la otra Cámara, -la Primera- rechazó esta decisión y el caso quedó sin jueces que asuman la jurisdicción.
Elevado el conflicto al STJ, los ministros de la Corte Provincial examinaron la controversia y advirtieron que el fiscal de Cámara Nº 1 ya había citado a las partes a juicio dándoles a conocer la constitución del Tribunal. Luego las partes asistieron al proceso y ofrecieron pruebas, las que fueron admitidas por el Tribunal, que además resolvió en ese momento rechazar el beneficio de suspensión del juicio a prueba que pidieron los defensores de los imputados, fijándose fecha de debate.
En cuanto a los argumentos que formularon las dos Cámaras intervinientes, el STJ calificó como un “despropósito” que a estas alturas del proceso se modifique la intervención del Tribunal que estaba actuando “en aras de una interpretación que en lugar de asegurar el debido proceso conspira contra él, privando a las partes y a la sociedad de un juicio acorde a los tiempos razonables para lograr justicia”.
En la resolución firmada por los cinco ministros, con dictamen del Procurador General, el STJ consideró que el despropósito es mayúsculo al advertir los tiempos insumidos en las actuaciones, ya que entre el pedido de la Defensora Oficial Claudia Angeloni y la resolución de la Cámara Segunda respecto a la competencia, “pasaron cuatro meses y entre esta decisión y el pase a la Cámara Primera otros siete meses, es decir más de un año para resolver algo que, en puridad, es un problema de distribución de funciones antes que un conflicto de competencia propiamente”.
En función de estos fundamentos, el STJ decidió que la Cámara Segunda en lo Criminal reasuma la jurisdicción en este expediente, interviniendo en la realización de la audiencia de debate y en todas las cuestiones que se susciten en su desarrollo y el dictado de la sentencia.