ELEVÓ SU PEDIDO AL STJ Y SUFRIÓ UN DURO REVÉS
Conflicto en CD de General Belgrano: edil reclamó el cobro de sus haberes
Uno de los concejales, Hermes Alcides Acosta, le pidió al Superior Tribunal de Justicia que ordene al tesorero y al contador de General Belgrano, a que en forma inmediata le paguen sus haberes, hecho que fue rechazado.
El conflicto que mantienen los concejales de General Belgrano por la presidencia del Cuerpo Deliberativo sumó un nuevo capítulo a esta zaga interminable, que ya es una constante en varios municipios del interior de la provincia.
Uno de los concejales, Hermes Alcides Acosta, quien en los recientes comicios resultó electo intendente de esa localidad, le pidió al Superior Tribunal de Justicia que ordene al tesorero y al contador de esa comuna a que en forma inmediata le paguen sus haberes, para preservar la integridad psicofísica de su familia, según argumentó el edil.
Sin embargo, al formular su enérgico reclamo Acosta parecer haberse olvidado de que si hoy los concejales no pueden percibir sus dietas es justamente por el conflicto que ellos mismos generaron y que al día de la fecha no logran resolver; disputa que llevó a paralizar el funcionamiento del Cuerpo Deliberativo y a que el Banco de Formosa tenga que trabar los fondos por no saber quién estaba autorizado a firmar los pagos.
Frente a esta crítica situación, el Superior Tribunal de Justicia sacó en su momento un fallo ordenando que solamente perciban sus sueldos los empleados municipales del Concejo Deliberante, ya que ellos nada tienen que ver con la pelea de los legisladores comunales.
La medida tiene vigencia hasta que los concejales se pongan de acuerdo al momento de elegir sus autoridades y se normalice la situación en el organismo.
Así, el Tribunal autorizó al tesorero y al contador de ese Municipio a pagar los sueldos a los empleados, de manera exclusiva, y la erogación de servicios esenciales.
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Medida autosatisfactiva
Esa situación dio pie a una nueva acción, en este caso una medida autosatisfactiva iniciada por el concejal Acosta pidiendo que se ordene abonarle en forma inmediata sus haberes como dependiente del Concejo Deliberante, bajo determinada modalidad contractual.
En respuesta a este planteo, el STJ fue categórico al advertir que con esta acción el concejal buscó equiparar su función a la de un empleado municipal, pero omitiendo deliberadamente toda referencia al grado de responsabilidad que le cabe en el conflicto que ha paralizado institucionalmente el Concejo Deliberante del cual el forma parte.
En tal sentido, los ministros de la Corte Provincial dijeron en forma contundente que “quienes son el conflicto no pueden ser parte de la solución extraordinaria que se establece transitoriamente en el fallo”.
Si bien el concejal Acosta alegó que con su reclamo busca preservar la integridad psicofísica de su grupo familiar, para los jueces del máximo tribunal de la provincia dirimir conflictos de autoridades a costa del dinero perteneciente a los vecinos, también es una actividad reñida con las bases más elementales de la forma republicana de gobierno, en particular, con aquella que nace del principio de soberanía popular, “mereciendo el pueblo representantes que estén a la altura de poder resolver sus controversias políticas con el diálogo y dentro de las pautas constitucionales, mostrando así un ejemplo de civismo que también se espera se refleje en el seno de la comunidad”.
El pedido de Acosta también fue rechazado porque que no se dan los supuestos legales de procedencia de la medida solicitada, ni argumentos que lleven a modificar el criterio adoptado en el fallo anterior “respecto al pago de sueldos exclusivamente a los empleados dependientes del parlamento municipal; quedando en suspenso, hasta tanto solucionen debida y legalmente sus conflictos, la percepción de las dietas correspondientes a los integrantes políticos de dicho organismo”.