SE ESTIMA QUE EL JUEVES SE DEBATA EN SESIÓN
El Gobierno envió nuevo proyecto de régimen penal juvenil, con cambios en el financiamiento
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Se trata de la misma iniciativa enviada anteriormente, en el que mantiene la edad de 13 años, pero con un articulado detallado sobre la asignación presupuestaria. Mañana buscarán dictaminar en la Cámara de Diputados.
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El Poder Ejecutivo envió ayer a la Cámara de Diputados un nuevo proyecto sobre régimen penal juvenil. El texto conserva la propuesta presentada en 2024, pero contiene esta vez un articulado que detalla la asignación presupuestaria para su implementación.
Tras ser incluido en el temario de extraordinarias, esta semana el oficialismo buscará un tratamiento exprés de la iniciativa: se estima que mañana sea dictaminado en un plenario de comisiones y el jueves se debata en sesión.
En mayo de 2025, el proyecto recibió despacho de las comisiones de Legislación Penal; Familias, Niñez y Juventudes; Justicia; y Presupuesto y Hacienda, tras un consenso entre el proyecto del PEN y otra docena de iniciativas presentadas. Sin embargo, no llegó al recinto.
Caído ese dictamen tras la renovación parlamentaria, deberá firmarse uno nuevo. Al igual que el año pasado, la oposición dialoguista ya anticipó a La Libertad Avanza que acompañará la baja en la edad de imputabilidad en los 14 años y no a los 13, como quiere el Gobierno.
Esa misma edad es la que se propone en el proyecto que ingresó este lunes, donde prevé un nuevo régimen penal juvenil “aplicable a personas desde los 13 años de edad hasta la 0 hora del día en que cumplan 18 años de edad cuando fueran imputadas por un hecho tipificado como delito en el Código Penal o en las leyes penales especiales vigentes o que se dicten en el futuro”.
La semana pasada, los jefes de bloques de Diputados se reunieron con el titular del cuerpo, Martín Menem, y allí se definió un cronograma para el debate de este tema. Además, se confirmó que se harían cambios sobre la cuestión presupuestaria, ya que el dictamen anterior preveía la facultad al jefe de Gabinete para readecuar partidas presupuestarias, metodología cuestionada desde la propia Casa Rosada sobre leyes impulsadas por la oposición que estiman eso mismo.
Así, trascendió desde sectores dialoguistas que se contemplaría la posibilidad de convenios entre Nación y las provincias, con el objetivo de que estas puedan readecuar sus sistemas.
Sin embargo, el cambio que contiene el nuevo proyecto, más precisamente en el artículo 51, consiste en aclarar que para hacer efectiva esta ley se destinará un monto total de $23.739.155.303,08, el cual provendrá en $3.131.996.784,28 del Ministerio de Justicia y $20.607.158.518,80 de la Defensoría General de la Nación.
En los argumentos del proyecto, el PEN sostuvo que “la situación de los menores en conflicto con la ley penal es uno de los graves problemas que hoy atraviesa la sociedad argentina, y su abordaje requiere una solución integral que contemple no solo la cuestión punitiva, sino también medidas estatales que acompañen al adolescente luego, con el objeto de que obtenga un futuro con integración social y trabajo, comprensión y arrepentimiento por la conducta punible perpetrada”.
“Como se mencionó oportunamente en el 2024, la vigente Ley 22278 sobre Régimen Penal de la Minoridad, sancionada en el año 1980, no responde a los principios reconocidos en la Constitución Nacional y en la legislación internacional, respecto del menor que ha infringido la ley penal. Es por ello que resulta indispensable sancionar una ley especial que regule la materia e incorpore los referidos principios, adecuada a nuestra realidad social”, se agregó.
Además, el Gobierno justificó que “la legislación argentina se encuentra en minoría en la región en cuanto al umbral de imputabilidad”. Allí menciona que Chile, Colombia y Perú la fijaron en 14 años; Guatemala, Nicaragua y Uruguay en 13; y Brasil y México en 12.
A través de más de 50 artículos, la iniciativa prevé principios rectores, derechos y garantías del régimen penal juvenil; los derechos de las víctimas; las penas y las medidas complementarias; las causales de extinción de la acción penal y de la pena; la supervisión por parte de los órganos competentes del estado; las características de los institutos especializados de detención y las medidas de salud; y las disposiciones presupuestarias pertinentes.
Esto último, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 5.o de la Ley 24629 y por el artículo 38 de la Ley 24156, remarcó el PEN sobre la cuestión fiscal.