En todo el país hay cerca de 320 cámaras y radares autorizados por la ANSV
Fotomultas: El Defensor del Pueblo sugiere no pagar sin antes asesorarse debidamente
El funcionario indicó que es necesario conocer si los radares o cinemómetros se encuentran homologados y calibrados por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) y además si están autorizados por la ANSV, y recordó que conforme al artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito, las multas prescriben a los 5 años.
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Ante la temporada de vacaciones en la que hay familias que salen de la provincia con destino a diferentes puntos del país, y teniendo en cuenta la existencia en rutas nacionales y de otras provincias de radares o cinemómetros, el defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca recomendó no pagar las fotomultas sin antes asesorarse debidamente.
Los radares o cinemómetros, se encuentran diseminados a lo largo y a lo ancho de todo el país, algunos muy visibles y otros ocultos, para controlar la circulación de los vehículos, y en todo el país hay cerca de 320 cámaras y radares autorizados por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), a lo que se le suman las cámaras y radares instaladas en rutas provinciales o calles municipales que manejan cada uno de los gobiernos locales respectivos.
Gialluca indicó que es necesario conocer si los radares o cinemómetros se encuentran homologados y calibrados por el INTI (Instituto Nacional de Tecnología Industrial) y además si están autorizados por la ANSV, y recordó que conforme al artículo 89 de la Ley Nacional de Tránsito, las multas prescriben a los 5 años, y además cuando se quiere realizar una transferencia de vehículo, el comprador tiene el derecho a realizar una negativa de oago en el Registro del Automotor que le corresponda, trámite que es gratuito.
En la provincia de Córdoba hay 10 radares en rutas nacionales dentro de su territorio y a eso se le suman las de varios municipios, como por ejemplo en la ruta provincial Nº 5, en Córdoba capital, en Almafuerte, Río Tercero, Laboulaye, General Pico y otros municipios.
En el caso de la Costa Atlántica, se sugiere manejar con suma prudencia, ya que las autoridades nacionales y provinciales han instalado 74 radares y 6 drones para controlar el tránsito y los excesos de velocidad.
Gialluca dijo que para que una multa por exceso de velocidad tenga validez y pueda ser cobrada por el órgano de control de tránsito competente, debió ser labrada utilizando cinemómetros, más comúnmente conocidos como fotoradar.
Estos equipos, a partir del 1 de abril de 2003, deben contar con su correspondiente Certificado de Aprobación de Modelo y de Verificación Primitiva expedidos por la Secretaría de Coordinación Técnica del Ministerio de Economía y Producción, en base a ensayos realizados por el INTI, y aquellos que llevan más de un año en uso, con el respectivo Certificado de Verificación Periódica, emitido por el INTI. La carencia de dicha documentación hace que su uso para la detección de presuntas infracciones sea ilegal.
“La identificación del instrumento con el que se labró el acta –señaló- es una garantía del imputado para ejercer su legítimo derecho de defensa, razón por la cual se encuentra en condiciones de exigirla al organismo que le reclama el pago de la multa y antes de hacer efectivo su pago, de la misma manera que la identidad y firma del funcionario actuante”.
Las multas deben consignar la siguiente información: fecha con día, mes y año; hora y minuto de la medición; velocidad medida del vehículo afectado, en km/h; ubicación geográfica del cinemómetro (por ejemplo, calle y numeración o intersección; o bien ruta, km, localidad) y velocidad máxima autorizada en el lugar.
La carencia de uno o más de estos datos consignados en el registro fotográfico hacen ilegal el uso del instrumento de que se trate.
Debido a que el control del tránsito está sujeto a cada jurisdicción provincial o municipal, la Ley Nacional del Tránsito Nº 24.449, necesitó para ser puesta en vigencia en las diferentes provincias la adhesión expresa de cada jurisdicción. No todas las provincias se adhirieron a la Ley Nacional, caso Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires, que tienen sus propias normas legales provinciales.