La Corte Suprema sacudió a la AFA
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El máximo Tribunal de Argentina dispuso que la denuncia por presuntas irregularidades en contratos por US$300 millones y balances falsos continúe en la Justicia ordinaria porteña en lugar de pasar a Campana, lo cual era la estrategia de los representantes de la entidad futbolera. Además, confirmó la potestad fiscalizadora del organismo nacional sobre la entidad que preside Claudio Tapia.
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La conducción de la Asociación del Fútbol Argentino, encabezada por Claudio Tapia, recibió en las últimas horas un doble revés en los tribunales que impacta de lleno tanto en su frente penal como en su estrategia administrativa. A través de 2 fallos firmados por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que las investigaciones por presunto manejo irregular de fondos y falsedad ideológica en los balances continúen tramitándose en la Justicia ordinaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al tiempo que ratificó las facultades de control de la Inspección General de Justicia sobre la entidad.
Las resoluciones del máximo Tribunal desarticulan los intentos de la dirigencia deportiva por trasladar sus expedientes sensibles hacia jurisdicciones provinciales. En el terreno penal, los magistrados rechazaron el planteo para enviar las actuaciones al Juzgado Federal de Campana, a cargo de Adrián González Charvay. En paralelo, dentro del litigio registral, dejaron sin efecto una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que había anulado las intervenciones dispuestas por el ente regulador nacional.
Fondos y balances
bajo lupa
El expediente penal de mayor volumen se inició a partir de una presentación judicial impulsada por el empresario Guillermo Tofoni. En esa denuncia se advierte que la casa madre del fútbol nacional habría omitido asentar en sus estados contables ingresos cercanos a los 300 millones de dólares, originados en un vínculo comercial con la firma Tourprodenter LLC, compañía que operaba como agente exclusivo de recaudación de la entidad en el exterior.
La hipótesis delictiva apunta a una presunta administración fraudulenta de esos recursos internacionales, en una operatoria donde aparece mencionada la empresa vinculada a Javier Faroni y a su esposa, Érica Gillette. De acuerdo con los términos de la acusación, una porción del dinero cobrado fuera de la Argentina habría tenido destinos que nunca fueron debidamente detallados en los libros contables oficiales.
Esta pesquisa quedó radicada originalmente en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 11, bajo la órbita de la jueza Paula Petazzi. No obstante, el juez Federal de Campana, Adrián González Charvay, había solicitado absorber el expediente bajo el argumento de una presunta conexidad con otra causa por lavado de activos que investiga la compra de una propiedad en la localidad de Villa Rosa, en el partido bonaerense de Pilar, atribuida al tesorero de la institución, Pablo Toviggino.
Aunque la defensa buscaba unificar todas las actuaciones en el asiento federal bonaerense alegando un supuesto vínculo entre los fondos externos y la operación inmobiliaria, los 3 ministros de la Corte Suprema respaldaron la postura del procurador general de la Nación, Eduardo Casal.
En su dictamen, el jefe de los fiscales explicó que la coincidencia de elementos probatorios entre causas no justifica mudar delitos comunes al fuero de excepción, recordando además que el lavado de activos constituye un ilícito autónomo que debe investigarse por cuerda separada.
Bajo esa misma lógica jurídica, el tribunal determinó que la causa por presunta adulteración de balances también permanezca en el fuero criminal ordinario porteño para ser analizada de forma conjunta con el delito patrimonial.
El freno al traslado bonaerense
El segundo pronunciamiento de la Corte Suprema interviene directamente sobre la disputa administrativa por la mudanza del domicilio legal de la entidad hacia la provincia de Buenos Aires, maniobra con la que la dirigencia buscaba pasar a la órbita de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.
Tiempo atrás, la institución deportiva había iniciado el trámite de radicación en suelo bonaerense solicitando la baja en los registros de la Capital Federal, paso que fue rechazado por la Inspección General de Justicia mediante la resolución 140/2026.
Frente a esa negativa, los apoderados de la entidad acudieron a los tribunales y consiguieron un fallo favorable de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que declaró nulas las medidas del organismo estatal.
Al revisar el caso, los integrantes del máximo tribunal revocaron lo dispuesto por la Cámara Civil y fijaron un criterio administrativo taxativo. Según la sentencia, el cambio de jurisdicción exige completar de manera previa la cancelación registral ante la autoridad de origen, por lo que el simple inicio del trámite en territorio provincial resulta insuficiente para anular la competencia fiscalizadora nacional.
De este modo, mientras la baja no sea aprobada formalmente en la Ciudad de Buenos Aires, la entidad y todas las medidas administrativas vinculadas a su funcionamiento institucional seguirán sujetas a la auditoría del organismo porteño.