La justicia ordenó el pago de sueldos a empleados del CD de Gran Guardia
El Superior Tribunal de Justicia de la provincia ordenó a las autoridades de la Comisión de Fomento de Gran Guardia que abonen de inmediato los sueldos al personal, efectuado los libramientos correspondientes a la cuenta que tiene la institución en el Banco de Formosa S.A..
La medida está dirigida al Contador y al Tesorero del referido organismo comunal, se trata del Fallo Nº 12.197 emitido por el STJ en fecha 7 de Abril del 2021, en el marco de una medida autosatisfactiva impulsada por el concejal Darío Renee Ortega de la referida Comisión de Fomento.-
“Que habiéndose requerido informe al Banco de Formosa S.A, sobre la circunstancia apuntada por Ortega, el STJ corroboró que la cuenta corriente perteneciente al Honorable Concejo Deliberante de la Comisión de Fomento de Gran Guardia, se encontraba inmovilizada, hasta que no se informe de manera formal, quienes son las personas responsables autorizadas para disponer de los fondos públicos” dice la resolución.
“Que siendo así-continúa- con el objeto de evitar el perjuicio que la paralización de la Cuenta Corriente puede generar en el pago de haberes del personal del Concejo Deliberante de la localidad de Gran Guardia, como en la ejecución de sus gastos corrientes y teniendo en cuenta que no está definida la Presidencia del cuerpo, el STJ consideró que resulta procedente hacer lugar a lo solicitado, pero limitado a quienes ejercen las funciones de Contador y Tesorero del Departamento Deliberativo de la localidad de Gran Guardia”.
Por todo ello, con las opiniones concordantes de los ministros Ariel Gustavo Coll, Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang, Marcos Bruno Quinteros y el ministro Subrogante, doctor Sergio Rolando López que forman la mayoría absoluta que prescribe el artículo 25 de la Ley Nº 521 y sus modificatorias y artículo 126 del Reglamento Interno para la Administración de Justicia, el Superior Tribunal de Justicia, resolvió: 1) Hacer lugar a la medida autosatisfactiva incoada por Darío Renee Ortega en su carácter de Concejal del Concejo Deliberante de la localidad de Gran Guardia y en consecuencia autorizar solamente al Contador y Tesorero de la Comisión de Fomento de Gran Guardia, a disponer de los fondos correspondientes a la Cuenta Corriente Nº 270208/1, perteneciente al Concejo Deliberante de la localidad de Gran Guardia, para el pago de haberes al personal del organismo con exclusión de los concejales y para la ejecución de los gastos corrientes. Comuníquese al Banco de Formosa S.A., de inmediato.”