Los comercios cerrarán a las 19 y hasta las 20 habrá servicio de transporte urbano
Los colectivos podrán circular con la capacidad total de sus asientos cubiertos, más 15 pasajeros parados, y la empresa deberá mantener la sanitización de las unidades. Los comercios no podrán atender al público desde las 19 horas, debido a que el decreto presidencial, al que se adhirió la provincia, establece ese horario.
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El subsecretario de Transporte y Emergencia del municipio capitalino, doctor José Olmedo, informó que se emitió la Resolución 14/21 autorizando al transporte urbano público de pasajeros y a los servicios de alquiler –taxis y remises– a circular desde las 6 de la mañana hasta las 20 horas.
La medida regirá hasta el 30 de abril inclusive, en el marco de lo dispuesto por el Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19.
Olmedo explicó que los colectivos podrán circular con la capacidad total de sus asientos cubiertos, más quince pasajeros parados, y la empresa concesionaria del servicio deberá mantener la sanitización de las unidades afectadas al servicio en las cabeceras y en la parada ubicada en las calles Deán Funes y José M. Uriburu, en igual sentido, el aislamiento de la cabina del conductor y el uso obligatorio del barbijo o tapa boca, nariz y mentón.
Respecto a los vehículos de alquiler del servicio de transporte público (taxis y remises), deberán mantener el protocolo sanitario ya establecido para esa actividad, concluyó.
Comercios
El director de Bromatología Municipal, Jorge Tarantini, confirmó que los comercios no podrán atender al público desde las 19 horas, debido a que el decreto presidencial, al que adhirió la provincia establece ese horario y fija como únicas excepciones aquellas contempladas en el artículo 20 del mencionado DNU, que se refiere a las personas exceptuadas de la prohibición de circulación que rige desde las 20 horas. “Cuando se refiere a la actividad comercial, el DNU no hace distinción entre rubros que son esenciales y aquellos que no lo son”, dijo el funcionario.
En el caso del sector gastronómico, explicó Tarantini que el DNU establece que la actividad presencial se puede realizar al aire libre hasta las 19 horas. “Luego de 19 a 23 horas, esos negocios deberán trabajar con la modalidad delivery o entrega desde el negocio, y desde las 23 hasta las 6 de la mañana deberán permanecer cerrados. Este horario es para todos los días”, aclaró.
“Hasta no recibir una resolución por parte del Consejo de Emergencia o de la Intendencia, la dirección a mi cargo no tiene facultad para intervenir en aquellos comercios que incumplan los horarios de atención al público que fueron establecidos”, dijo para agregar “lo único que podemos hacer es acompañar a la Policía de la provincia en aquellos trámites administrativos que ellos requieran. La Policía tiene la facultad de imputar o de actuar con respecto a la violación de los artículos 146 y 147 del Código de Faltas de la provincia”.