Originarios suspenden el corte de la RN 81
Una veintena de familias de la colonia Aborigen Juan Bautista Alberdi, se movilizaron a la vera de la ruta nacional 81, a los efectos de proceder al corte, en demanda de módulos alimentarios, alumbrado público, herramientas para ladrillería, motosierras, pensiones del IPS, entre otros.
La Defensoría del Pueblo, por intermedio de su Dirección de Derechos Humanos y Grupos Minoritarios, tomó contacto con una veintena de familias de la colonia Aborigen Juan Bautista Alberdi, próxima a la localidad de Estanislao del Campo, quienes se movilizaron a la vera de la ruta nacional 81, a los efectos de proceder al corte de la vía, en demanda entre otras cosas de módulos alimentarios, mejora en el alumbrado público, herramientas para ladrillería y otros productos, tres motosierras, pensiones del IPS, entre otros.
Desde la Secretaría Letrada del Organismo, a cargo del doctor José Porfirio García, sin perjuicio de la comunicación directa con José Cardozo, presidente de la Comunidad de Juan Bautista Alberdi, para el abordaje de la situación, se solicitó la intervención de la Intendencia de la localidad de Estanislao del Campo, por intermedio de su secretario general, Miguel Galarza.
Asimismo, se contó con la cooperación de la Policía de la provincia de Formosa, en la persona del comisario general Juan Cancio González, quien también medió en la búsqueda de un encuentro; el cual, finalmente, pudo realizarse.
Dicho encuentro derivó en la suscripción de un acta mediante la cual la Intendencia de Campo se comprometió a dar solución a lo que sea de estricta competencia y proceder a la derivación de los demás planteos a los organismos provinciales y nacionales.
Posteriormente, representantes de la colonia Juan Bautista Alberdi resolvieron seguir en contacto con sus autoridades a fin de ir conociendo el avance de las acciones que se llevarán a cabo tanto desde el municipio como desde las demás áreas antes citadas.
El defensor provincial, José Leonardo Gialluca, dejó en claro que, “antes de efectuar un corte de ruta como se pretendía, lo cual causa enormes dificultades para quienes deben desplazarse ejerciendo sus derechos de libre circulación, enseñar, aprender, ejercer industria lícita y/o el comercio, resultando a la postre un delito previsto el Artículo 194 del CPA; lo más prudente es acudir a la vía del diálogo, para lo cual, la Defensoría del Pueblo tiene dispuesta su Área de Mediación”, concluyó.