NACIONALES
Reforma laboral: los puntos que cambiarán el día a día de trabajadores y empresas
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Tras una intensa negociación que incluyó 28 modificaciones de último momento, el Senado de la Nación dio media sanción al proyecto de reforma laboral, un texto que busca reconfigurar los cimientos de la relación entre empleadores y empleados en Argentina.
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VACACIONES: MAYOR FLEXIBILIDAD Y FRACCIONAMIENTO
Uno de los cambios es el nuevo régimen de descanso anual. Si bien se mantiene el período tradicional para conceder vacaciones (entre el 1 de octubre y el 30 de abril), ahora se habilita formalmente el fraccionamiento del período vacacional mediante acuerdo mutuo.
La única condición es que cada tramo no sea inferior a siete días corridos. Además, la reforma garantiza que aquellos empleados que no tomen su descanso de forma simultánea con el resto del personal, puedan gozar de sus vacaciones en temporada de verano al menos una vez cada tres años.
EL NUEVO CÁLCULO DE LAS INDEMNIZACIONES
El proyecto mantiene la base de un mes de sueldo por cada año de servicio, pero introduce una modificación sustancial en la base de cálculo: se excluirán conceptos no mensuales, tales como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) o premios que no se paguen de forma habitual cada mes. Además, el monto no podrá exceder tres veces el salario mensual promedio del convenio aplicable.
caso de sentencias judiciales, las grandes empresas podrán abonar en hasta seis cuotas, mientras que las pymes tendrán un plazo de hasta 12, siempre ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% de interés anual.
BANCO DE HORAS Y JORNADA LABORAL
La normativa introduce el "banco de horas", un sistema de compensación que permite a las partes acordar, por escrito, la distribución de la jornada. Esto significa que se podrá trabajar más horas en determinados días para compensarlas con jornadas más cortas en otros, siempre respetando el máximo legal semanal y el descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. Es fundamental destacar que la prestación de horas extra seguirá siendo de carácter voluntario.
LICENCIAS POR ENFERMEDAD Y EL NUEVO FAL
Como novedad, se establecen escalas salariales diferenciadas según el origen de la dolencia: si se deriva de una "conducta voluntaria y riesgosa", el trabajador percibirá el 50% del salario básico; en caso contrario, el cobro será del 75%.
Finalmente, el proyecto crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Este mecanismo obliga a los empleadores a realizar aportes mensuales a cuentas inembargables destinadas exclusivamente a cubrir futuras indemnizaciones de trabajadores registrados con más de un año de antigüedad, funcionando como un respaldo financiero para evitar el incumplimiento de los pagos ante desvinculaciones.