Secuestraron en locales comerciales del interior aceite comestible falsamente rotulado
El producto es aceite de girasol de 900 cc y de 4,5 l marca El Conquistador, cuya comercialización fue prohibida, a través de la disposición 2951/2021 de la ANMAT.
En un trabajo conjunto y coordinado entre la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario y diferentes municipios del interior provincial se realizaron trabajos de fiscalización en comercios de las localidades de Pirané, Ingeniero Juárez y Laguna Yema, en las que desde cada Municipalidad con su cuerpo de fiscalizadores dieron cuenta de la comercialización de un producto alimenticio prohibido por la ANMAT, por lo que procedieron al secuestro. Se encontraban tanto en góndola como en depósito de los comercios inspeccionados.
Uno de estos trabajos de inspección fue realizado por fiscalizadores de la Municipalidad de Pirané, tarea que se realizó junto con la Dirección de Bromatología, y se procedió al secuestro de una importante cantidad de ese producto, que era comercializado en un local mayorista, donde se secuestraron 523 unidades, en tanto que en un supermercado se detectó también una cantidad de 112 unidades, totalizando 635 unidades del aceite comestible en envases de 4.5 litros y 900 centímetros cúbicos que se encontraban exhibidas en góndolas y en depósito, dispuestos para la venta.
Actuaciones similares se llevaron adelante días anteriores en Ingeniero Juárez, secuestrando un número importante de envases de este producto.
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Disposición de la ANMAT
El producto es aceite de girasol de 900 cc y de 4,5 l marca El Conquistador, cuya comercialización fue prohibida, a través de la disposición 2951/2021 de la ANMAT que rige en todo el territorio nacional debido a que carece de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente etiquetado al exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
El documento publicado el 21 de abril, a través del Boletín Oficial, explica que está en infracción al artículo 3.° de la Ley 18.284, el artículo 3.° del Anexo II del Decreto 2.126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal para el consumo.
En ese sentido, desde la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario se puso en valor el trabajo realizado por los distintos agentes municipales que semana a semana reciben capacitaciones dictadas desde el organismo, a través de la modalidad virtual, poniendo a disposición de los formoseños las herramientas del Gobierno provincial para seguir cuidando la salud y el bolsillo de los consumidores.
En esa línea se alertó a la población a no comprar este producto no autorizado para su comercialización y consumo, como así también instaron a realizar consultas y/o denuncias ante la Subsecretaría y los municipios respectivos, ya que a partir de esta colaboración se inician procedimientos tendientes a proteger la salud de los formoseños con el control de alimentos que deben reunir todas las condiciones para un consumo seguro.
En Formosa capital los horarios para hacer denuncias son de 7.30 a 12.30 y de 17 a 20 por medio de la línea gratuita 0800-444-0942, correo electrónico a denunciaconsumidor@formosa.gob.ar, y/o a través de la fanpage de Facebook de la Subsecretaría.