Solo fin de semana y feriados para la pesca deportiva embarcada
Mediante Disposición 041/21 la Dirección de Recursos Naturales del Gobierno de la provincia de Formosa, determinó que los días habilitados para la práctica de la pesca deportiva embarcada son los sábados, domingos y feriados, teniendo como marco reglamentario lo estipulado en el protocolo vigente para la actividad en cuestión.
Esto también se enmarca en las leyes provinciales en donde faculta al estado provincial a tomar medidas tendientes a la protección de la flora y la fauna existente dentro del cuerpo de aguas públicas para su aprovechamiento sustentable, recreativo, comercial y de subsistencia.
En dicha disposición se menciona la necesidad de mantener la nueva modalidad de la veda extendida, tanto para la pesca deportiva como la pesca comercial y la extracción de carnada viva a fin de continuar una adecuada protección de las especies ícticas en aguas jurisdiccionales de la provincia.
Además de la situación por la pandemia, el Gobierno provincial se adhiere a convenios internacionales entre Argentina y Paraguay para aplicar políticas de preservación sobre el río Paraguay.