Vecinos reclaman intervención municipal por ocupación indebida de la vereda
Los vecinos de la zona aclararon que no tienen nada en contra del trabajo de la construcción, solo piden que se cumplan las normativas vigentes y se respete el derecho de poder circular por la vereda y no por la calle con el peligro que representa.
Vecinos del barrio Don Bosco manifestaron su preocupación y reclaman intervención municipal por una obra que no cumpliría con lo dispuesto en el Reglamento General de Construcciones en relación a la ocupación de la vía pública.
El problema que denuncian los vecinos es que hace más de dos años es imposible circular por la vereda de la obra puesto que no solo no hay espacio para caminar sino que también se acumula todo tipo de materiales, y a ello se suma que lindero a la construcción hay un baldío por cuya vereda tampoco se puede transitar.
En consecuencia, los vecinos y ocasionales transeúntes deben caminar por la calle unos 20 metros aproximadamente con el peligro que ello implica dado que la zona es muy transitada por todo tipo de vehículos. Y la zona se vuelve aún más peligrosa en horas de la noche dado que no hay ningún tipo de señalización.
El artículo 50 del Reglamento General de Construcciones señala que es obligatoria la colocación en la vereda de una valla provisoria en toda la extensión del frente, previo la ejecución de cualquier trabajo que por su índole sea peligroso o signifique un obstáculo para el trayecto del público o vehículos.
Además, el artículo 51 establece los materiales con la que debe ser construida la valla provisoria y señala que en general podrá ser ocupada hasta 3/4 partes del ancho de las veredas como máximo, incluido el parterre, siempre que quede libre un ancho no inferior a un 1 metro. En caso de ser este último imposible, se creará un camino peatonal de 0,60 m de ancho sobre la calzada, con condiciones de seguridad que quedarán a juicio de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
Asimismo, el artículo 54 prohíbe depositar en la calzada por más de 48 horas, materiales que impidan la libre circulación. Y también está prohibido instalar en las calzadas canchas para la preparación de mezclas, bancos para preparación de armaduras o la ejecución de cualquier trabajo similar. En ningún caso podrá ocuparse con materiales el sendero peatonal indicado en el artículo 51.
El artículo 27 del Reglamento, que habla de responsabilidades, estipula sanciones ante infracciones como falta de cartel de obra, falta de vallas protectoras y por ocupación indebida de la vereda, entre otras.
Los vecinos de la zona aclararon que no tienen nada en contra del trabajo de la construcción, solo piden que se cumplan las normativas vigentes y se respete el derecho de circular sin peligro por la vereda.